[peajes - tarifas] Cap.Fed, GBA, ruta 2, 9, 11, Aut. ROS-SFE

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Tarifas peajes en Capital Federal - vigencia 01-OCT-2010

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Tarifas Peaje en Acceso Oeste - vigencia 04-OCT-2010

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02/10/10
Tras los ajustes en autopistas porteñas y en las rutas 2 y 11, el Gobierno nacional sube el Acceso Oeste, la Panamericana, Riccheri y autopista a La Plata. Ir y volver a Luján en hora pico saldrá $ 32. Desde el lunes, tendrán alzas de entre 16% y 36%

A partir del lunes, los usuarios de las autopistas de accesos a la ciudad de Buenos Aires tendrán que afrontar un aumento en los peajes que oscilará entre el 16% y el 36%.

Así, el mismo día en que entraron a regir subas de hasta el 29% en las autopistas porteñas y del 30% promedio en las rutas bonaerenses, el Gobierno nacional aprobó un nuevo ajuste en los peajes afectará a casi 1,1 millón de vehículos que usan cada día los accesos a la Capital Federal.

El nuevo escenario tarifario que regirá desde el primer minuto del lunes en las autopistas que controla el ministerio de Planificación es el siguiente: Acceso Norte: En este acceso que tiene un tránsito diario de 360.000 vehículos, los peajes aumentaron un 20% promedio. La tarifa para los automovilistas en los ramales a Pilar y Campana se incrementará en el horario normal 19% y pasará de $ 4,20 a $ 5. En el horario pico, la suba para los autos será del 19,6% y la tarifa se elevará de $ 5,60 a $ 6,70. En el tramo que va desde la General Paz hasta Debenedetti, el peaje trepará de $ 3,10 a $ 3,70 (19,3%) en el horario normal y de $3,80 a $ 4,60 en el horario pico (21%). Los ómnibus y camiones abonarán entre $ 4,60 y $ 11,40 según su tamaño, mientras que para las motos el peaje crecerá de $1,10 a $1,40.

Acceso Oeste: La autopista que es utilizada diariamente por unos 283.000 vehículos también tendrá una suba promedio del 20%. Así, el acceso desde el Oeste se mantendrá como el más caro: un conductor que quiera ir y venir en hora pico de Luján a Capital, deberá pagar $ 32 por día.

En cada una de las dos cabinas troncales que existen entre Liniers y Luján, el peaje para los automóviles saltará en el horario normal de $ 3,20 a $ 3,90 (21,8%). En tanto, en las horas pico el aumento será del 19% y la tarifa pasará $ 4,20 a $ 5. Para las motos, el peaje cambiará de $ 0,90 a $ 1,10, mientras que para las distintas categorías de ómnibus y camiones las nuevas tarifas oscilarán entre $ 3,60 y $ 8,90.

Autopista Buenos Aires-La Plata : En este acceso que tiene un tránsito medio diario de 226.000 vehículos se seguirá cobrando una tarifa sin diferenciación horaria. El peaje para los autos se encarecerá un 16% y subirá de $ 1,90 a $ 2,20 en las dos estaciones troncales que hay Dock Sud y Hudson. Para las restantes categorías, las nuevas tarifas en cada estación de peaje oscilarán entre $ 4,40 y $ 11.

Autopista Riccheri-Ezeiza-Cañuelas : En este acceso que tiene unos 203.000 vehículos diarios se concentran los aumentos más elevados . En las dos estaciones de Agüero y Tristán Suárez, el peaje para los autos en el horario normal subirá un 30% y pasará de $ 1 a $ 1,30. En las horas pico, la tarifa trepará de $ 1,25 a $ 1,70, con un incremento del 36% . Las motos continuarán pagando $ 0,40, y los camiones y ómnibus de $ 1,30 a $ 3,10.

Como sucedió con los anteriores aumentos, la aprobación de las nuevas tarifas por parte de Vialidad Nacional mostró otra desprolijidad administrativa del Gobierno. Los incrementos en los peajes se dieron por aprobados sin que se publicaran previamente en el Boletín Oficial las resoluciones de Vialidad que deben autorizar la entrada en vigencia de los nuevos cuadros tarifarios.

En ningún caso las subas se traducirán en nuevas obras e inversiones. En los accesos Norte y Oeste, las aumentos otorgados por el Gobierno corresponden al reconocimiento de los mayores costos operativos y salariales que tuvieron los concesionarios entre junio de 2009 y junio de 2010.

En el caso de la Riccheri, la suba viene a completar el ajuste concedido en diciembre de 2009. Y en la autopista La Plata-Buenos Aires, el incremento forma parte de la renegociación contractual aprobada a principios de 2010.

Fuente: Clarín
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PBA - Resolucion 645/10-MI - PEAJES. NUEVAS TARIFAS. Ruta 2 y Ruta 11.


Publicada: BO(PBA) 29/09/10
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Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Resolución Nº 645
La Plata, 16 de septiembre de 2010.
VISTO el expediente Nº 2400-5642/08 alcance Nº 2 del Ministerio de Infraestructura,
y
CONSIDERANDO:

Que la Provincia ha dado continuidad al proceso de readecuación de las Concesiones de acuerdo a lineamientos expresados en el informe de la Comisión de Adecuación de Contratos de Concesiones Viales, aprobado por Decreto Nº 1.790/03; Que la Ley Nº 14.105 autoriza al Poder Ejecutivo a llamar a Licitación Pública Nacional del Corredor Vial Integrado del Atlántico, bajo los términos y condiciones que se establecen en dicha norma;

Que hasta tanto en el mediano plazo pueda materializarse la readecuación de las concesiones viales autorizadas por la mencionada ley, el Ministerio de Infraestructura debe velar por la sustentabilidad de los servicios prestados en las concesiones de las Rutas Nº 2, Nº 11 y vinculadas;

Que si bien resulta conveniente mantener el equilibrio entre los costos operativos de la concesión y el componente tarifario, buscando un adecuado sostén en la ecuación económico financiera, es necesario contemplar valores que generen el menor impacto posible sobre los usuarios;

Que ante la variación producida en los principales componentes del costo de los servicios prestados resulta insoslayable la consideración de su incidencia en la citada ecuación económico-financiera;

Que esta Subsecretaría en forma conjunta con la Subgerencia de Concesiones perteneciente a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, ha realizado el análisis de la evolución de la estructura de costos de las respectivas concesionarias;

Que en consecuencia corresponde aprobar los valores tarifarios de peaje para los Concesionarios Covisur S.A., y Camino del Atlántico S.A.C.V., las bonificaciones y estacionalidad, indicando que la diferencia de recursos que se produzca a partir de la aplicación de la nueva estructura tarifaria, deberá ser tratada en los términos de la Resolución Nº 190/09;

Que este Ministerio deberá auditar el destino de los fondos que ingresen a los fideicomisos constituidos en oportunidad de celebrarse los Protocolos de Entendimiento de ambas concesiones, en los que Bapro Mandatos y Negocios S.A. actúa en carácter de fiduciario, mencionados con la finalidad de mantener la sustentabilidad económica de las mismas;

Que de conformidad con lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno (fojas 86), lo informado por Contaduría General de la Provincia (fojas 87/91) y la vista de Fiscalía de Estado (fojas 93 y vuelta), procede dictar el pertinente acto administrativo;

Que el presente acto se dicta en el marco de las atribuciones del artículo 22 de la Ley Nº 13.757, y el artículo 2º del Decreto Nº 1.479/08;

Por ello,

LA MINISTRA DE INFRAESTRUCTURA,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º - Aprobar los valores tarifarios de peaje que los Concesionarios de la Ruta Provincial Nº 2 y del Sistema de Interconexión Vial de la Zona Atlántica R.P. Nº 11 y complementarias deberán aplicar a partir del 1º de octubre de 2010, conforme lo establecido en los Anexos I y II respectivamente, que integran esta Resolución.

ARTÍCULO 2º - Serán de aplicación, en el marco de la presente readecuación tarifaria, los artículos 2º a 5º correspondientes a la Resolución Nº 190/09.

ARTÍCULO 3º - Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.-

Álvarez Rodríguez


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ANEXO I

CUADROS TARIFARIOS

RUTA PROVINCIAL Nº 2

Estación de Peaje Samborombón (Km. 90)
Categoría 1 $ 14,00 - tarifa bonificada $ 11,00-*
Categoría 2 $ 26,00
Categoría 3 $ 26,00
Categoría 4 $ 31,00
Categoría 5 $ 42,00
Categoría 6 $ 52,00

Estación de Peaje Maipú (Km. 273)
Categoría 1 $ 8,00 - tarifa bonificada $ 6,00*
Categoría 2 $ 13,00
Categoría 3 $ 13,00
Categoría 4 $ 13,00
Categoría 5 $ 18,00
Categoría 6 $ 22,00


Especificaciones generales

1) Todas las tarifas indicadas incluyen el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A).

2) * Tarifa bonificada por temporada baja: A la tarifa básica correspondiente a la Categoría 1 se le aplicará una bonificación selectiva durante el período de temporada baja que resultará aplicable entre las 12 hs de los días lunes y las 12 hs de los días viernes, excepto los días feriados y fines de semana largos en los que se aplicará la tarifa básica desde las 12 horas del día laborable inmediato anterior hasta las 12 hs. del día laborable posterior.

La temporada baja tendrá comienzo el primer día hábil posterior a la culminación de la Semana Santa y se extenderá al 15 de diciembre de cada año, excepto vacaciones de invierno.

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ANEXO II

CUADROS TARIFARIOS

RUTA PROVINCIAL Nº 11 Y COMPLEMENTARIAS


Estación de Peaje La Huella
Categoría 1 $ 12,00 - tarifa bonificada $ 10,00*
Categoría 2 $ 18,00
Categoría 3 $ 24,00

Estación de Peaje Gral. Madariaga
Categoría 1 $ 5,00 - tarifa bonificada $ 4,00*
Categoría 2 $ 7,00
Categoría 3 $ 10,00

Estación de Peaje Mar Chiquita
Categoría 1 $ 6,00 - tarifa bonificada $ 5,00*
Categoría 2 $ 9,00
Categoría 3 $ 12,00


Especificaciones generales

1) Todas las tarifas indicadas incluyen el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A).

2) * Tarifa bonificada por temporada baja: A la tarifa básica correspondiente a la Categoría 1 se le aplicará una bonificación selectiva durante el período de temporada baja que resultará aplicable entre las 12 hs de los días lunes y las 12 hs de los días viernes, excepto los días feriados y fines de semana largos en los que se aplicará la tarifa básica desde las 12 horas del día laborable inmediato anterior hasta las 12 hs. del día laborable posterior.

La temporada baja tendrá comienzo el primer día hábil posterior a la culminación de la Semana Santa y se extenderá al 15 de diciembre de cada año, excepto vacaciones de invierno
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Autopista Rosario - Santa Fe

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Tarifas de peaje categoría 1 (automóviles)
Km 22: $2.50.-
KM 141: $2.50.-

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Ruta 9

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Peaje en Zárate Km 94: $2.20.-
Peaje en Lagos Km271: $2.10.-
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